Pratiche sleali 2005/0029 ES
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- Directiva sobre las prácticas comerciales desleales
- consumidor
- comerciante
- producto
- prácticas comerciales de las empresas en sus relaciones con los consumidores
- distorsionar de manera sustancial el comportamiento económico de los consumidores
- código de conducta
- responsable del código
- diligencia profesional
- invitación a comprar
- influencia indebida
- decisión sobre una transacción
- profesión regulada
- siguiente: 6
- comerciante 4
- texto 4
- sustituye 4
- objeto 4
- toda 4
- actúe 4
- publicidad 4
- comerciantes 4
- punto 4
- presente 3
- directiva 3
- tiene 3
- supervisar 2
- jurídica 2
- quienes 2
- relacionado 2
- hayan 2
- propósito 2
- comprometido 2
- persona 2
- física 2
- económica 2
- respetarlo» 2
- comerciante”: 2
- denominado 2
- sucesivo 2
- actividad 2
- oficio 2
- código_de_conducta 2
- añade 2
- revisión 2
- elaboración 2
- responsable 2
- grupo 2
- incluido 2
- entidad 2
- responsable_del_código: 2
- éste» 2
- negocio 2
- cuenta 2
- cumplimiento 2
- nombre 2
- proveedor 2
- como 2
- así 2
- profesión 2
- cualquiera 2
- artículo 2
- vendedor 2
Artículo 1
Objeto
La presente Directiva tiene por objeto contribuir al buen funcionamiento del mercado interior y alcanzar un elevado nivel de protección de los consumidores mediante la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros sobre las prácticas comerciales desleales que perjudican a los intereses económicos de los consumidores.
«Artículo 1
La presente Directiva tiene por objeto proteger a los comerciantes contra la publicidad engañosa y sus consecuencias injustas y establecer las condiciones en las que estará permitida la publicidad comparativa.»
. 2) | En el artículo 2:
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3) | El artículo 3 bis se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 1 La presente Directiva tiene por objeto proteger a los comerciantes contra la publicidad engañosa y sus consecuencias injustas y establecer las condiciones en las que estará permitida la publicidad comparativa.» . |
2) | En el artículo 2:
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3) | El artículo 3 bis se sustituye por el texto siguiente: whereas |